Comunicaciones certificadas para servicios financieros: cumplimiento de MiFID II

TrueScreen certifica cada comunicación con el cliente: videollamadas, llamadas telefónicas, chat, correo electrónico. Grabaciones inmutables conformes con las obligaciones de MiFID II.

El artículo 16(7) de la Directiva MiFID II obliga a las empresas de servicios de inversión a grabar todas las conversaciones telefónicas y comunicaciones electrónicas relativas a la negociación y a la gestión de órdenes de clientes. El artículo 76 del Reglamento Delegado 2017/565 detalla los requisitos técnicos: archivos inalterables, trazabilidad completa de los cambios y accesibilidad inmediata para las autoridades supervisoras. La difusión de videollamadas, chat y mensajería ha ampliado el ámbito de las comunicaciones sujetas a obligaciones de grabación, mientras las sanciones por incumplimiento siguen aumentando: en 2024 las multas por MiFID II en Europa superaron los 44 millones de euros, un 143% más que el año anterior. TrueScreen certifica cada comunicación en el momento de la captura con una firma digital y un sello de tiempo cualificado, generando grabaciones con validez legal que cumplen los requisitos de conservación, integridad y accesibilidad establecidos por la normativa.

€44,5 M

Multas por MiFID II en Europa en 2024

(ESMA)

$2200 M

Multas de la SEC por canales no autorizados desde 2021

(SEC)

+143%

Aumento interanual de las multas en la UE

(ESMA)

Sector

Servicios financieros e inversión

Función de negocio

Cumplimiento, Gestión de riesgos, Área comercial, Operaciones, Legal

Proceso clave

Grabación y conservación de las comunicaciones con clientes, cumplimiento de las obligaciones de información, gestión de reclamaciones

Contenido certificado

Videollamadas, grabaciones telefónicas, chat, correo electrónico, grabación de pantalla

Resultado

Documentación e informes certificados con validez legal

Modo de adopción

App / Web / API / SDK

Necesidades y retos

  • Comunicaciones por videollamada y chat sin garantía probatoria, vulnerables a impugnación en procedimientos judiciales y regulatorios

  • Requisito de archivo inalterable de MiFID II que los sistemas de grabación tradicionales no cumplen

  • Multas de hasta 5 millones de euros o el 10% de la facturación anual por no grabar las comunicaciones con los clientes

  • Comunicaciones dispersas en múltiples canales sin una cadena de custodia certificada ni trazabilidad de los cambios

  • Reconstrucción de las operaciones ralentizada por archivos fragmentados y de difícil acceso para las autoridades

Ufficio compliance con monitor finanziari per registrazione comunicazioni certificate MiFID II
processo

La solución TrueScreen

TrueScreen se integra en el flujo de trabajo de las comunicaciones con clientes como una capa de certificación para las videollamadas y el resto de comunicaciones electrónicas. En el momento de la captura, cada grabación recibe una firma digital y un sello de tiempo cualificado conforme con el Reglamento eIDAS: fecha, hora, identidad de los participantes y metadatos contextuales se vuelven inmutables. Las grabaciones certificadas se conservan en archivos accesibles para las autoridades supervisoras y para el cliente, con trazabilidad completa de cada acceso. La empresa dispone de prueba con validez legal para auditorías, inspecciones y litigios.

Qué se certifica

Videollamadas, llamadas telefónicas, chat y correo electrónico

Sesiones de vídeo y audio con clientes, con metadatos contextuales inmutables, identidad de los participantes y sello de tiempo

Grabaciones telefónicas

Conversaciones relativas a órdenes y operaciones, con firma digital y fecha certificada aplicadas en origen

Chat y mensajería

Comunicaciones en plataformas de mensajería y chat en directo, con trazabilidad completa del contenido

Correo electrónico y documentación operativa

Correspondencia electrónica, confirmaciones de órdenes y comunicaciones contractuales, con cadena de custodia verificable

Beneficios esperados

  • Grabaciones con plena validez legal: firma digital, sello de tiempo y metadatos forenses verificables

  • Cumplimiento demostrable de MiFID II, el Reglamento Delegado 2017/565, eIDAS y el RGPD

  • Todos los canales de comunicación con el cliente cubiertos en un único archivo certificado

  • Tiempo de respuesta a inspecciones y requerimientos de las autoridades reducido de semanas a horas

  • Cadena de custodia en cada comunicación, eliminando el riesgo de impugnación

Función de negocio Beneficio esperado
Cumplimiento / Asuntos regulatorios Archivo certificado conforme con el art. 16(7) de MiFID II y el art. 76 del Reglamento Delegado, listo para inspecciones y auditorías
Gestión de riesgos Riesgo de sanción reducido con prueba de cumplimiento verificable y cadena de custodia completa
Área comercial / Asesores Certificación de comunicaciones transparente y sin impacto en la operativa diaria con el cliente
Legal Prueba con pleno valor probatorio para la defensa en litigios y la gestión de reclamaciones
Operaciones / TI Archivo unificado para todos los canales, con conservación conforme durante 5-7 años

Destinatarios

Bancos, agencias y sociedades de valores, gestoras de activos, empresas de servicios de inversión, entidades de pago, redes de asesores financieros, sociedades fiduciarias, plataformas de negociación en línea, operadores de mercados regulados.

Integraciones

Plataformas de videoconferencia para la certificación nativa de las sesiones con clientes. Sistemas de telefonía y comunicaciones unificadas para la cadena de custodia de las grabaciones de voz. Sistemas CRM y de gestión de órdenes para vincular automáticamente las comunicaciones certificadas al expediente del cliente. Plataformas de cumplimiento y de vigilancia de la negociación para monitorizar las comunicaciones certificadas. Sistemas de archivo a largo plazo para la conservación conforme con MiFID II de 5-7 años.

FAQ: comunicaciones certificadas para servicios financieros

1) ¿La certificación cubre todos los canales de comunicación?
Sí. TrueScreen certifica videollamadas, llamadas telefónicas, chat, correo electrónico y cualquier otra comunicación electrónica con metadatos inmutables. El valor probatorio no depende del canal ni de la plataforma utilizada.
2) ¿Las grabaciones certificadas cumplen los requisitos del art. 76 del Reglamento Delegado?
Son inalterables, con trazabilidad de cada acceso y modificación. La conservación cubre los 5-7 años exigidos por la normativa y las autoridades competentes pueden acceder a ellas en cualquier momento.
3) ¿Cómo se gestiona la información al cliente exigida por MiFID II?
TrueScreen certifica el contenido de las comunicaciones; no sustituye los procedimientos de información de la empresa. Si es necesario, también puede certificar que se informó al cliente.
4) ¿La solución es compatible con el RGPD y la minimización de datos?
Los metadatos recopilados son estrictamente necesarios para garantizar la autenticidad y la integridad. La certificación se aplica únicamente a las comunicaciones sujetas a obligaciones de grabación, en línea con el principio de minimización.
5) ¿Qué impacto tiene en la operativa diaria de los asesores financieros?
Mínimo. La certificación funciona de forma transparente durante la actividad normal con el cliente: sin pasos adicionales ni ralentización del asesoramiento o la gestión de órdenes.
6) ¿Cómo se gestionan las comunicaciones por canales no autorizados?
TrueScreen cubre todos los canales, incluidos los digitales y móviles. La empresa puede documentar las comunicaciones en plataformas de mensajería, reduciendo el riesgo de comunicaciones no registradas por canales no autorizados.

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