GuíaDelitos contra el honor

Injurias en Facebook y publicaciones borradas: cómo conseguir una prueba verificable

Qué castiga el Código Penal, por qué un screenshot cae ante una impugnación y qué hacer antes de reportar una publicación de Facebook que te ofende.

Redacción de TrueScreenPublicado el 18 minutos de lectura

Las injurias y calumnias en redes sociales son delitos contra el honor que el Código Penal castiga en sus artículos 205 a 216, con penas más altas cuando la ofensa se difunde con publicidad (art. 211), y prescriben al año (art. 131.1). En un juicio, lo primero que se discute es si la publicación existió tal como la presentas, y un screenshot hecho a mano se impugna con facilidad. TrueScreen adquiere la publicación en Facebook mientras sigue visible y la certifica con un sello electrónico cualificado y un sello de tiempo cualificado, reconocidos internacionalmente.

En breve

  • La calumnia atribuye un delito a sabiendas de su falsedad (art. 205 CP) y la injuria lesiona la dignidad; solo es delito si es grave (art. 208 CP).
  • Una publicación abierta en Facebook puede considerarse un medio de eficacia semejante a la imprenta, lo que puede agravar la pena (arts. 206, 209 y 211 CP).
  • Si se impugna la autenticidad de una conversación en una red social, la carga de la prueba se desplaza hacia quien pretende aprovecharla (STS 300/2015, Sala 2ª).
  • Meta atiende la conservación de datos de un contenido borrado a petición de las autoridades solo si la solicitud llega antes del borrado.
  • Las injurias y calumnias entre particulares se persiguen por querella y prescriben al año (arts. 131.1 y 215.1 CP).

1 año

plazo de prescripción de las injurias y las calumnias

Código Penal, art. 131.1

90 días

conservación de datos de una cuenta cuando lo piden las autoridades en una investigación penal

Meta, directrices para las autoridades

19,8 %

peso de los ciberdelitos en la criminalidad total registrada en España en 2025

Ministerio del Interior, 2026

Alguien escribe en el grupo de Facebook de tu barrio que robaste en el trabajo, o te dedica un insulto que leen cientos de personas. Así empiezan casi todos los casos de injurias y calumnias en redes sociales, y la reacción suele ser la misma: hacer un screenshot y reportar la publicación.

El problema aparece en el juzgado. Un screenshot es una imagen que cualquiera puede editar, la otra parte lo impugna sin mucho esfuerzo y, si entretanto la publicación se ha borrado, ya no queda nada con qué comprobar que tu screenshot es fiel. TrueScreen permite adquirir la publicación, sus comentarios y el perfil del autor directamente en Facebook, con una metodología forense, antes de que nadie los toque. Por eso el orden importa: primero conservas la prueba, adquirida en origen y sellada, y después reportas y te querellas.

Este artículo describe el derecho español. Si estás en otro país, los plazos, los trámites y los efectos de los sellos cambian: consulta a un abogado local.

Cuándo una publicación en Facebook es injuria o calumnia

Una publicación en Facebook es calumnia cuando te atribuye un delito sabiendo que es falso o con temerario desprecio hacia la verdad, y es injuria cuando lesiona tu dignidad de forma grave sin atribuirte ningún delito. Que la ofensa se publique en Facebook no la convierte en delito, pero si lo es, la difusión en la red puede agravar la pena.

Injurias, calumnias y difamación: qué castiga el Código Penal

El Código Penal define la calumnia como «la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad» (art. 205) y la injuria como «la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación» (art. 208). La diferencia entre injuria y calumnia se entiende con un ejemplo: decir en un comentario que tu vecino roba en su empresa encaja, en principio, en la calumnia, mientras que humillarlo con un insulto delante de todo el grupo puede ser injuria.

No todo insulto es delito. El artículo 208 solo castiga las injurias que, «por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves». En la calumnia, además, quien la publicó queda exento de pena si prueba que el delito que te atribuyó es cierto (art. 207). La publicidad también cuenta: según el artículo 211, existe cuando la ofensa se propaga «por medio de la imprenta, la radiodifusión o por cualquier otro medio de eficacia semejante». La ley no nombra las redes sociales, pero una publicación abierta en Facebook, que puede leer cualquiera, puede considerarse un medio de eficacia semejante; en un grupo cerrado o con pocos lectores, la valoración puede ser distinta.

Calumnia e injuria grave en el Código Penal: definición, penas con y sin publicidad y qué conviene conservar
Figura Qué es Pena con publicidad Pena sin publicidad Qué te conviene conservar
Calumnia (arts. 205 y 206) Atribuirte un delito sabiendo que es falso o con temerario desprecio hacia la verdad Prisión de seis meses a dos años o multa de doce a veinticuatro meses Multa de seis a doce meses La publicación íntegra, su fecha, el perfil del autor y quién podía verla
Injuria grave (arts. 208 y 209) Lesionar tu dignidad de forma grave, sin atribuirte un delito Multa de seis a catorce meses Multa de tres a siete meses La publicación, el hilo de comentarios que muestra su efecto y el perfil del autor

Si lees esto desde América Latina, quizá conozcas estas conductas como difamación en redes sociales. En España no existe un delito con ese nombre, y el honor se protege también por la vía civil (Ley Orgánica 1/1982). El nombre cambia de un país a otro; el interés de conservar una prueba íntegra y con fecha, no.

Libertad de expresión frente a ofensa punible

La libertad de expresión protege opiniones y críticas, incluso duras, pero no las ofensas graves contra el honor. El Tribunal Constitucional trazó la frontera en la STC 6/1988, de 21 de enero (FJ 5): la libertad de expresión cubre pensamientos, ideas, opiniones y juicios de valor, mientras que el derecho a comunicar información se refiere a hechos, y cuando ambos se mezclan se atiende al elemento que predomina. La Constitución exige que la información sea veraz (art. 20.1.d) y pone como límite el respeto al honor (art. 20.4).

Una reseña que critica con dureza tu negocio está más cerca de la opinión; decir sin base que estafas a tus clientes es atribuirte un hecho. Y si te preguntas si te pueden demandar por un comentario en Facebook, el límite de la libertad de expresión es el mismo, pero la respuesta depende de la vía, civil o penal, y de cada caso: consúltalo con un abogado.

El screenshot como prueba y por qué no basta por sí solo

Un screenshot de Facebook se puede aportar a un juicio, porque la Ley de Enjuiciamiento Civil admite los medios de reproducción de la imagen y los instrumentos que archivan datos (art. 299.2), pero no demuestra por sí solo de dónde viene, cuándo se hizo ni que nadie lo haya tocado. Un screenshot funciona mientras nadie lo discute; en cuanto la otra parte lo impugna, quien lo aporta suele tener que demostrar que es auténtico. Para el panorama general, fuera del caso de las injurias, tienes una guía sobre la screenshot como prueba.

Por qué se impugna un screenshot hecho a mano

Un screenshot hecho a mano se impugna porque es una imagen sin contexto comprobable: no lleva una URL de origen verificada, la fecha es la del teléfono y cualquiera con una aplicación de edición puede cambiar un nombre o una frase. Los abogados de la otra parte saben lo fácil que es falsificar un screenshot.

El Tribunal Supremo fijó el criterio en la STS 300/2015, de 19 de mayo (Sala 2ª): cuando se impugna la autenticidad de una conversación mantenida en una red social, la carga de la prueba se desplaza hacia quien pretende aprovecharla, y será imprescindible una prueba pericial (comentario de la sentencia). Quien sufre la ofensa acaba con un esfuerzo doble, porque además de demostrar que la publicación era injuriosa tiene que demostrar que existió tal como la enseña.

Qué valora el juez: integridad, fecha y origen

Ante una prueba digital impugnada, el juez quiere saber si el contenido está íntegro, si la fecha y la hora son fiables y de dónde procede. En el proceso civil, según la LEC, quien aportó el documento impugnado puede pedir un cotejo pericial o proponer otro medio de prueba, y si de ellos no resulta la autenticidad, el tribunal lo valora según la sana crítica (art. 326.2), el mismo criterio que se aplica a los instrumentos que archivan datos (art. 384).

Un perito informático puede analizar tu teléfono, pero si la publicación ya no existe no tiene con qué compararla. La pregunta útil, por tanto, no es si el screenshot es admisible, sino si podrás defender su integridad, su fecha y su origen cuando alguien lo impugne.

Qué pasa cuando el autor borra la publicación o Facebook la retira

Cuando el autor borra la publicación, o cuando Facebook la retira, desaparece la fuente que permitiría comprobar tu screenshot, y lo que no se adquirió mientras era visible ya no se puede certificar. Primero se conserva la prueba y después se reporta la publicación, nunca al revés.

Meta explica en su centro de ayuda que el contenido eliminado se retira del sitio y que parte puede quedar en copias de seguridad, sin decir cuánto tiempo. Según sus directrices para las autoridades, conserva los datos de una cuenta durante 90 días cuando se lo piden las autoridades en una investigación penal oficial, y los de un contenido borrado solo si la solicitud llega antes del borrado. Un particular no puede pedirlo directamente, y lo que te queda después suele ser más débil: testigos, tu screenshot con un informe pericial del teléfono o una petición a través del juzgado, cuyo resultado no está garantizado. Más detalle en la guía sobre las redes sociales como prueba judicial.

Ojo con el verbo: denunciar una publicación de Facebook o denunciar un perfil de Facebook, en la plataforma, significa reportarlo a Meta, no acudir a la policía ni al juzgado. Meta advierte en su formulario de difamación de que no puede determinar si lo que se afirma es cierto y de que, sin una resolución judicial, no puede intervenir. Aun así, la publicación puede desaparecer si el autor la borra al ver el conflicto o si la plataforma la retira por incumplir sus normas, y tu prueba se va con ella. TrueScreen certifica el comentario mientras sigue en Facebook, y lo sensato es hacerlo antes de reportarlo.

El reloj también corre: las injurias y calumnias en redes sociales prescriben al año (art. 131.1 del Código Penal), contado desde el día en que se cometió el delito (art. 132.1). Consulta con un abogado cuanto antes: reportar la publicación a Facebook no detiene el plazo. Entre particulares, además, solo se persiguen por querella de la persona ofendida o de su representante legal (art. 215.1), que se presenta con abogado y procurador. Tu abogado te dirá si antes hace falta un acto de conciliación y cómo se cuenta el plazo en tu caso.

Cómo preparar una prueba de injurias para el juicio

Una prueba de injurias tiene más opciones de sostenerse en juicio cuando se adquiere en la propia plataforma mientras la publicación es visible, con un procedimiento que deja constancia de cada paso, y cuando su integridad y su fecha quedan selladas con un sello electrónico cualificado y un sello de tiempo cualificado. La solidez de la prueba depende en gran parte del momento en que se adquiere, no de lo que se haga cuando llega el juicio.

Adquisición forense en origen

Adquirir en origen significa capturar la publicación directamente desde Facebook, en un entorno controlado donde nadie puede alterarla durante la captura, y registrar a la vez el contexto: la hora, el dispositivo y la red. Para una querella por injurias, la adquisición debería recoger por lo menos:

  1. La publicación completa, con su texto, sus imágenes y las reacciones visibles.
  2. El hilo de comentarios desplegado, que muestra el alcance de la ofensa y a menudo la repite.
  3. El perfil del autor, tal como se veía ese día.
  4. La URL de la publicación y la del perfil, con la fecha y la hora de la adquisición.

Hay otras vías, como el acta notarial o el informe de un perito informático, que tu abogado valorará; el procedimiento técnico está en la guía para guardar una página web como prueba. Para que una injuria publicada en Facebook no dependa de un screenshot, TrueScreen la adquiere en origen mientras sigue visible: lo que se certifica es la página tal como la sirvió la plataforma, con su URL, su fecha y su hora.

Sello electrónico cualificado, sello de tiempo cualificado y cadena de custodia

El Reglamento eIDAS define el sello electrónico cualificado (art. 3.27) y el sello cualificado de tiempo electrónico (art. 3.34). El primero disfruta de «la presunción de integridad de los datos y de la corrección del origen de los datos» a los que está vinculado (art. 35.2); el segundo, de una presunción de exactitud de la fecha y la hora que indica y de integridad de los datos vinculados (art. 41.2).

La ley procesal española recoge esos efectos desde la Ley 6/2020, cuyo artículo 3 remite al artículo 326 de la LEC. En el proceso civil, si en el documento electrónico impugnado se usó un servicio de confianza cualificado, «se presumirá que el documento reúne la característica cuestionada», y si aun así se impugna, la carga de la comprobación corresponde a quien impugna, que paga las costas si el resultado es negativo y puede recibir una multa de 300 a 1.200 euros si la impugnación es temeraria (art. 326.4). Es el juez quien decide si esa presunción se aplica a tu caso.

Queda la cadena de custodia, que es el registro de quién adquirió el contenido, cómo, cuándo y qué ha pasado con él desde entonces. Si falta un eslabón, la otra parte tiene por dónde atacar.

Screenshot hecho a mano frente a adquisición forense en origen con sello cualificado: lo que valora el juez
Lo que mira el juez Screenshot hecho a mano Adquisición forense en origen con sello cualificado
Integridad Imagen editable, sin forma de detectar un cambio Huella digital calculada al adquirir; cualquier cambio posterior se detecta
Fecha y hora La del reloj del teléfono, que se puede modificar Sello cualificado de tiempo electrónico, con presunción de exactitud (eIDAS, art. 41.2)
Origen No consta de qué URL ni de qué sesión procede URL y contexto de la sesión registrados junto al contenido
Si se impugna Quien la aporta suele tener que demostrar su autenticidad (criterio de la STS 300/2015 para conversaciones en redes sociales) En el proceso civil, si en la adquisición intervino un servicio de confianza cualificado, la LEC prevé que se presuma la característica cuestionada y que la comprobación corresponda a quien impugna (art. 326.4); el juez decide si se aplica al caso

¿Cómo certifica TrueScreen el contenido ofensivo publicado en Facebook?

TrueScreen adquiere la publicación, los comentarios y el perfil del autor directamente en Facebook con una metodología forense, verifica los datos, genera un informe técnico y cierra cada certificación con un sello electrónico cualificado y un sello de tiempo cualificado, reconocidos internacionalmente. La certificación prueba cómo se adquirió el contenido mientras era visible, no que lo que dice sea verdad ni quién está realmente detrás del perfil.

Publicaciones, comentarios y perfiles adquiridos en origen

TrueScreen trata una publicación, un comentario o un perfil de Facebook como una página web, y la herramienta adecuada depende de lo que esperes de la otra parte.

Si esperas que pongan en duda cómo se adquirió la página, usa el Forensic Browser, una aplicación de escritorio basada en Chromium. Con él puedes adquirir páginas enteras o solo la parte visible, o grabar toda la navegación en audio y vídeo. Si el contenido exige iniciar sesión, entras en Facebook dentro de la propia sesión de adquisición, y cuando grabas toda la navegación el acceso queda registrado en el vídeo.

Si lo que cuenta es el contenido y temes que desaparezca pronto, la Browser Extension para Chrome y Edge certifica desde tu navegador, con la sesión que ya tienes abierta: captura la página o graba la pestaña con audio, guarda un archivo web e indica en el informe la URL, la fecha y la hora UTC. Desde el móvil, la Web Browsing Acquisition de la TrueScreen App graba un vídeo continuo y certificado de la pantalla durante la sesión de navegación y registra toques, navegación y URL escritas. Si las ofensas te llegaron por mensaje privado, la adquisición certificada de una conversación de Messenger se hace con la grabación de pantalla de la TrueScreen App mientras recorres el chat, o con el Forensic Browser si usas la versión web.

Imagina un comentario en una página local de Facebook que te acusa de haber robado en el trabajo. Antes de reportarlo, adquieres con el Forensic Browser la publicación, el hilo y el perfil del autor; dos días después el comentario ya no está, pero la certificación conserva el contenido, la URL, la fecha y la hora para la querella. Lo que ya se borró antes de adquirirlo, en cambio, no se puede recuperar.

Informe, sello y sello de tiempo: qué entregas a tu abogado

Cada certificación de TrueScreen pasa por la adquisición forense, la verificación de los datos, el informe técnico y el sellado. El sello cubre todo el proceso y no un archivo suelto: durante la adquisición nadie puede alterar el contenido, y después cualquier alteración se detecta.

Lo que entregas a tu abogado es un paquete autosuficiente, y un tercero puede leer y verificar el informe técnico de forma independiente. En las adquisiciones con el Forensic Browser, las huellas digitales (hash) SHA-256 forman además una cadena cuyas fórmulas van en el propio paquete, así que la verificación no necesita software de TrueScreen.

Tu abogado también debe saber qué no hace la certificación. TrueScreen no es un prestador de servicios de confianza ni una autoridad de certificación. Cada certificación lleva un sello electrónico cualificado y un sello de tiempo cualificado, con valor reconocido internacionalmente, y la metodología es conforme a la norma ISO/IEC 27037. La certificación tiene valor legal y probatorio, pero el juez la valora caso por caso; la otra parte puede impugnarla, pero tendrá que argumentar contra una adquisición documentada, sellada y verificable por cualquiera. Tampoco sustituye al perito, que es quien analiza la prueba y la explica ante el tribunal; la valora el juez. TrueScreen documenta la adquisición que el perito va a examinar y la hace verificable.

En conclusión

Ante una injuria o una calumnia en Facebook, lo que pesa en el caso empieza mucho antes del juicio. Si la publicación se adquiere en origen mientras sigue visible, con su URL, su fecha y su hora selladas, tu abogado llega a la querella con algo que la otra parte tendrá que discutir con argumentos. Si se reporta primero y desaparece, lo que queda suele ser mucho más débil. Conserva, después reporta, y no dejes pasar el año que marca el Código Penal.

Preguntas frecuentes sobre injurias y calumnias en redes sociales

¿Es delito insultar a alguien en Facebook?

Por regla general, solo si el insulto es una injuria grave. El artículo 208 del Código Penal castiga únicamente las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, se tienen en el concepto público por graves. Las injurias leves entre particulares dejaron de ser delito en 2015; el artículo 173.4 las mantiene solo en el ámbito de las relaciones familiares y de convivencia del artículo 173.2. Las injurias graves hechas con publicidad, es decir, difundidas por un medio de eficacia semejante a la imprenta o la radiodifusión (art. 211), se castigan con multa de seis a catorce meses (art. 209).

¿La difamación es delito en España?

El Código Penal español no tiene un delito llamado difamación: las ofensas al honor se castigan como calumnia, si se atribuye falsamente un delito (art. 205), o como injuria grave (art. 208). Por la vía civil, el honor se protege con la Ley Orgánica 1/1982. En América Latina se habla a menudo de difamación, pero cada país la regula a su manera: si no vives en España, consulta la ley de tu país.

¿Cómo se denuncia una injuria o una calumnia en redes sociales?

Entre particulares, las injurias y calumnias en redes sociales solo se persiguen por querella de la persona ofendida o de su representante legal (art. 215.1 del Código Penal), presentada con abogado y procurador, así que una denuncia en comisaría no basta para que se persiga el delito. El delito prescribe al año desde el día en que se cometió (arts. 131.1 y 132.1). Consulta con un abogado cuanto antes: reportar la publicación a Facebook no detiene el plazo. Conviene llegar a la querella con la publicación ya conservada.

¿Qué puedo hacer si el autor ya ha borrado la publicación?

Lo que no se adquirió mientras era visible ya no se puede certificar. Según las directrices de Meta para las autoridades, la plataforma solo conserva los datos de un contenido borrado si la solicitud de las autoridades llega antes del borrado, y un particular no puede hacerla directamente. Quedan pruebas que suelen ser más débiles, como testigos o tu screenshot con un informe pericial del teléfono.

¿Conviene reportar el comentario a Facebook antes de guardar la prueba?

No: primero conserva la prueba y después reporta. Meta declara que sin una resolución judicial no puede intervenir por difamación, pero el comentario puede desaparecer igualmente si el autor lo borra o si la plataforma lo retira por otro motivo. TrueScreen adquiere en origen la publicación, los comentarios y el perfil del autor y los certifica con un sello electrónico cualificado y un sello de tiempo cualificado; después ya puedes reportarlos.

Fuentes y verificación

Cada dato y cada principio citado remite a su fuente, indicada aquí con tipo y fecha. Enlaces comprobados en la fecha de publicación.

Fuentes citadas en la guía sobre injurias y calumnias en Facebook, con tipo, fecha y motivo de la cita
Fuente Tipo Fecha Para qué se cita
Código Penal, art. 205 Norma 23/11/1995 Definición de calumnia
Código Penal, art. 206 Norma 23/11/1995 Penas de la calumnia con y sin publicidad
Código Penal, art. 207 Norma 23/11/1995 Exención de pena si se prueba el delito imputado
Código Penal, art. 208 Norma 23/11/1995 Definición de injuria y requisito de gravedad
Código Penal, art. 209 Norma 23/11/1995 Penas de la injuria grave con y sin publicidad
Código Penal, art. 211 Norma 23/11/1995 Concepto de publicidad
Código Penal, art. 215 Norma 23/11/1995 Persecución por querella del ofendido
Código Penal, art. 131 Norma 23/11/1995 Prescripción al año
Código Penal, art. 132 Norma 23/11/1995 Cómputo de la prescripción desde la comisión
Constitución Española, art. 20 Norma 29/12/1978 Información veraz y límite del honor
STC 6/1988, de 21 de enero Jurisprudencia 21/01/1988 Libertad de expresión frente a derecho a comunicar información
Ley de Enjuiciamiento Civil, art. 299 Norma 07/01/2000 Admisión de medios de reproducción de la imagen e instrumentos que archivan datos
Ley de Enjuiciamiento Civil, art. 326 Norma 07/01/2000 Impugnación de documentos, sana crítica y presunción con servicio de confianza cualificado
Ley de Enjuiciamiento Civil, art. 384 Norma 07/01/2000 Valoración de los instrumentos que archivan datos
STS 300/2015, de 19 de mayo (Sala 2ª) Jurisprudencia 19/05/2015 Carga de la prueba cuando se impugna una conversación en red social
Ley 6/2020, art. 3 Norma 11/11/2020 Remisión al art. 326 LEC para documentos electrónicos
Reglamento (UE) 910/2014 (eIDAS), art. 3 Norma 23/07/2014 Definiciones de sello electrónico cualificado (3.27) y sello cualificado de tiempo electrónico (3.34)
Reglamento (UE) 910/2014 (eIDAS), art. 35 Norma 23/07/2014 Presunción de integridad y origen del sello electrónico cualificado
Reglamento (UE) 910/2014 (eIDAS), art. 41 Norma 23/07/2014 Presunción de exactitud de fecha y hora del sello cualificado de tiempo
Meta, contenido eliminado (centro de ayuda) Documento 2026 Qué ocurre con un contenido eliminado
Meta, directrices para las autoridades Documento 2026 Conservación de datos a petición de las autoridades
Meta, formulario de difamación Documento 2026 Límites de Meta ante reportes por difamación
Ministerio del Interior, informe de cibercriminalidad 2025 Estudio 2026 Ciberdelitos registrados en España en 2025

Conserva la publicación antes de que desaparezca

Adquiere en origen la publicación, los comentarios y el perfil del autor con TrueScreen y entrega a tu abogado una prueba sellada que cualquiera puede verificar.

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Redacción de TrueScreen

Esta sección está a cargo de la redacción de TrueScreen, que reúne competencias en informática forense, derecho de la prueba digital y cumplimiento normativo. Cada contenido se verifica sobre fuentes primarias: textos legales, sentencias publicadas, normas técnicas y documentación oficial, siempre citadas en el texto.