{"id":58199,"date":"2026-09-02T05:41:20","date_gmt":"2026-09-02T03:41:20","guid":{"rendered":"https:\/\/truescreen.io\/articulos\/suplantacion-identidad-certificado-digital-prueba\/"},"modified":"2026-09-02T05:44:28","modified_gmt":"2026-09-02T03:44:28","slug":"suplantacion-identidad-certificado-digital-prueba","status":"publish","type":"articulos","link":"https:\/\/truescreen.io\/es\/articulos\/suplantacion-identidad-certificado-digital-prueba\/","title":{"rendered":"Suplantaci\u00f3n de identidad con certificado digital: qu\u00e9 prueba realmente la verificaci\u00f3n de la firma"},"content":{"rendered":"<div class=\"tsa-hero\">\n<div class=\"tsa-inner\">\n<h1>Suplantaci\u00f3n de identidad con certificado digital: qu\u00e9 prueba realmente la verificaci\u00f3n de la firma<\/h1>\n<\/div>\n<\/div>\n<div class=\"tsa-body\">\n<div class=\"tsa-inner\">\n<p class=\"ts-content-date\" style=\"font-size:14px;color:#52525b;margin:0 0 20px;\">Publicado el 2 de septiembre de 2026<\/p>\n<p>Usas tu certificado digital casi sin pensarlo: una declaraci\u00f3n ante Hacienda, un contrato, el dep\u00f3sito de cuentas de una sociedad. Vive en tu ordenador o en una tarjeta, y para activarlo basta un PIN. Ese automatismo es lo que aprovecha la suplantaci\u00f3n de identidad con certificado digital: quien consigue el dispositivo y la clave firma en tu nombre, y el documento resultante pasa cualquier comprobaci\u00f3n t\u00e9cnica. Ah\u00ed est\u00e1 la trampa: verificar una firma electr\u00f3nica confirma que el certificado estaba vigente y que el documento no se ha alterado despu\u00e9s, pero no dice nada sobre qui\u00e9n ten\u00eda el dispositivo en la mano. Y como el sistema parte de que eras t\u00fa, la carga de la prueba cae de tu lado. Esa prueba se construye fuera del documento y antes del conflicto.<\/p>\n<h2>Qu\u00e9 prueba la verificaci\u00f3n de una firma electr\u00f3nica y qu\u00e9 deja abierto<\/h2>\n<p>La verificaci\u00f3n de una firma electr\u00f3nica responde a dos preguntas, y solo a dos: si el certificado que la respalda estaba vigente y no revocado en la fecha indicada, y si el contenido del documento ha cambiado desde que se firm\u00f3. El Reglamento (UE) 910\/2014, conocido como <a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/eli\/reg\/2014\/910\/oj\/eng\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">eIDAS<\/a>, establece en su art\u00edculo 25 que a una firma electr\u00f3nica no se le pueden negar efectos jur\u00eddicos ni admisibilidad como prueba por estar en formato electr\u00f3nico, y que la firma que cumple el nivel m\u00e1s exigente del reglamento produce los mismos efectos que una firma manuscrita. Lo que eIDAS regula son los efectos de la firma. La identidad material de quien accion\u00f3 el dispositivo pertenece a otro plano, el del derecho procesal de cada Estado miembro, y ninguna comprobaci\u00f3n criptogr\u00e1fica llega hasta ah\u00ed.<\/p>\n<h3>Validez del certificado e integridad del documento<\/h3>\n<p>Los dos hechos que s\u00ed quedan acreditados son t\u00e9cnicos y s\u00f3lidos. El primero es el estado del certificado: en la fecha de la firma exist\u00eda, no hab\u00eda caducado y el prestador no lo hab\u00eda revocado. El segundo es la integridad. Al firmar se calcula un hash del documento, un valor que cambia por completo si se modifica un solo car\u00e1cter, y ese hash viaja cifrado dentro de la firma; si alguien retoca el archivo despu\u00e9s, la comprobaci\u00f3n falla. Puedes ver el mecanismo en <a href=\"https:\/\/truescreen.io\/es\/articulos\/firma-digital-ejemplo-como-funciona\/\">un ejemplo de firma digital paso a paso<\/a>, teniendo en cuenta que <a href=\"https:\/\/truescreen.io\/es\/articulos\/sello-electronico-vs-firma-digital-diferencias\/\">el sello electr\u00f3nico y la firma digital no acreditan lo mismo<\/a>.<\/p>\n<h3>El punto ciego: qui\u00e9n ten\u00eda el dispositivo al firmar<\/h3>\n<p>Ninguna de esas comprobaciones registra qui\u00e9n estaba delante del teclado. La firma acredita que se us\u00f3 un certificado concreto, no que lo usara su titular, y el fraude vive exactamente en ese hueco. Hay un detalle que agrava el problema: no existe un registro hist\u00f3rico centralizado que te permita consultar en qu\u00e9 tr\u00e1mites se ha empleado tu certificado digital. Cada organismo guarda constancia solo de sus propias presentaciones, as\u00ed que descubrir un uso indebido suele depender de una notificaci\u00f3n inesperada. Comprobar la firma digital del PDF que aparece a tu nombre sirve para descartar manipulaciones posteriores, y ah\u00ed se acaba su utilidad.<\/p>\n<h2>C\u00f3mo se usa el certificado de otro<\/h2>\n<p>El certificado ajeno rara vez se roba en el sentido cl\u00e1sico. Llega por v\u00edas m\u00e1s triviales: se entrega para agilizar gestiones, se copia de un ordenador compartido, se obtiene con credenciales sustra\u00eddas mediante phishing o malware, o se solicita ante la autoridad de registro con documentaci\u00f3n falsificada. Todas acaban en el mismo sitio, un dispositivo en manos de quien no es su titular, y a partir de ah\u00ed la falsedad documental se comete con herramientas leg\u00edtimas. La usurpaci\u00f3n de identidad deja de ser un asunto de redes sociales y empieza a producir efectos registrales, fiscales y societarios.<\/p>\n<h3>El administrador nombrado sin saberlo<\/h3>\n<p>El escenario m\u00e1s da\u00f1ino es el societario, porque un nombramiento inscrito produce efectos frente a terceros aunque el nombrado no sepa nada. En Italia hay un caso reciente que lo muestra entero. La Guardia di Finanza de Sala Consilina, en una investigaci\u00f3n de la Fiscal\u00eda de Lagonegro difundida el 8 de agosto de 2026, imput\u00f3 a nueve personas por un acta de junta falsa que acordaba nombrar a un liquidador sin conocimiento del interesado, seg\u00fan inform\u00f3 <a href=\"https:\/\/www.ansa.it\/basilicata\/notizie\/2026\/08\/08\/societa-e-firme-digitali-false-per-eludere-il-fisco-9-indagati_e4ab7ec1-9a27-46aa-bc41-e8e1d0bce7cb.html\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">la agencia ANSA<\/a>. En el documento constaban firmas digitales atribuidas a dos personas que negaron haberlas usado, y el dato que desmont\u00f3 la operaci\u00f3n no sali\u00f3 del archivo: uno de los supuestos firmantes no reside en Italia desde 2016 y las firmas eran posteriores a su marcha. La finalidad atribuida era eludir unos 120.000 euros en impuestos, intereses y sanciones. <a href=\"https:\/\/www.ilsole24ore.com\/art\/fisco-ora-spuntano-anche-firme-digitali-false-frodi-ed-evasione-AJVHXKi\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Il Sole 24 Ore<\/a> lo situ\u00f3 en una tendencia m\u00e1s amplia. Sigue siendo una imputaci\u00f3n en fase de investigaci\u00f3n, no una condena firme.<\/p>\n<h3>El certificado dejado en manos del asesor: delegaci\u00f3n de hecho y deber de custodia<\/h3>\n<p>La delegaci\u00f3n informal es la puerta de entrada m\u00e1s frecuente y la menos vigilada. Entregar el certificado a la gestor\u00eda para que presente modelos tributarios funciona sin fricci\u00f3n durante a\u00f1os, hasta que alguien discute una presentaci\u00f3n y nadie sabe decir qui\u00e9n la hizo. El anexo II de eIDAS exige que los datos de creaci\u00f3n de firma queden bajo el control exclusivo del firmante, as\u00ed que quien los cede carga despu\u00e9s con la dificultad de demostrar que no fue \u00e9l. El asesor tampoco sale bien parado: no puede acreditar qu\u00e9 versi\u00f3n recibi\u00f3 ni cu\u00e1ndo. Con TrueScreen, el profesional que deposita actos en nombre de terceros documenta qu\u00e9 versi\u00f3n le lleg\u00f3 y en qu\u00e9 momento.<\/p>\n<div class=\"ts-feature-banner\" style=\"margin: 40px 0; padding: 0; background-color: #f8f7fd; border-radius: 12px; display: flex; overflow: hidden; border: 1px solid rgba(0,0,0,0.06);\">\n<div style=\"width: 160px; min-height: 140px; flex-shrink: 0; overflow: hidden;\">\n    <img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/truescreen.io\/wp-content\/uploads\/2024\/09\/Mobile-Header.png\" alt=\"TrueScreen\" style=\"width: 100%; height: 100%; object-fit: cover;\" \/>\n  <\/div>\n<div style=\"padding: 20px 24px; flex: 1; display: flex; flex-direction: column; justify-content: center;\">\n<p style=\"font-family: 'DM Sans', sans-serif; font-size: 12px; font-weight: 600; color: #7c6bc4; text-transform: uppercase; letter-spacing: 0.5px; margin: 0 0 6px 0;\">TrueScreen<\/p>\n<p style=\"font-family: 'Raleway', sans-serif; font-size: 17px; font-weight: 700; color: #1a1a2e; margin: 0 0 6px 0; line-height: 1.3;\">TrueScreen, la plataforma de captura y certificaci\u00f3n forense<\/p>\n<p style=\"font-family: 'DM Sans', sans-serif; font-size: 14px; color: #555; margin: 0 0 12px 0; line-height: 1.4;\">Captura y certifica contenido digital con valor legal, desde el origen.<\/p>\n<p>    <a href=\"https:\/\/truescreen.io\/es\/\" style=\"font-family: &#039;DM Sans&#039;, sans-serif; font-size: 14px; font-weight: 600; color: #007afe; text-decoration: none; display: inline-block;\">Descubre m\u00e1s &#8594;<\/a>\n  <\/div>\n<\/div>\n<h2>Impugnar un documento firmado electr\u00f3nicamente: qu\u00e9 hay que probar<\/h2>\n<p>Impugnar exige aportar hechos externos al documento, porque el documento siempre jugar\u00e1 en tu contra. El art\u00edculo 326 de la Ley 1\/2000 de Enjuiciamiento Civil regula la fuerza probatoria de los documentos privados y remite, cuando se cuestiona la autenticidad de un documento electr\u00f3nico, a la comprobaci\u00f3n prevista en la normativa de servicios electr\u00f3nicos de confianza, hoy la Ley 6\/2020. Esa comprobaci\u00f3n verifica que la firma cumple los requisitos t\u00e9cnicos y que el certificado estaba vigente, y los gastos los soporta quien impugn\u00f3 si su impugnaci\u00f3n se desestima. Para los documentos p\u00fablicos electr\u00f3nicos, el art\u00edculo 320 abre la v\u00eda del cotejo con el original. En los dos casos la comprobaci\u00f3n mira al documento, nunca a la persona, as\u00ed que un resultado favorable a la firma no cierra la discusi\u00f3n sobre qui\u00e9n la aplic\u00f3. En <a href=\"https:\/\/truescreen.io\/es\/analisis\/impugnar-autenticidad-documento-electronico\/\">qu\u00e9 exige impugnar la autenticidad de un documento electr\u00f3nico<\/a> est\u00e1 el detalle procesal.<\/p>\n<div style=\"overflow-x: auto; margin: 24px 0; border-radius: 8px; border: 1px solid #e8e6f0;\">\n<table style=\"width: 100%; border-collapse: collapse; font-family: 'DM Sans', sans-serif; font-size: 14px; line-height: 1.5; min-width: 600px;\">\n<thead>\n<tr>\n<th style=\"background-color: #1a1a2e; color: #ffffff; padding: 12px 16px; text-align: left; font-weight: 600; font-size: 13px; white-space: nowrap; border-bottom: 2px solid #7c6bc4;\">Lo que afirmas en el proceso<\/th>\n<th style=\"background-color: #1a1a2e; color: #ffffff; padding: 12px 16px; text-align: left; font-weight: 600; font-size: 13px; white-space: nowrap; border-bottom: 2px solid #7c6bc4;\">Qu\u00e9 lo sostiene<\/th>\n<th style=\"background-color: #1a1a2e; color: #ffffff; padding: 12px 16px; text-align: left; font-weight: 600; font-size: 13px; white-space: nowrap; border-bottom: 2px solid #7c6bc4;\">Qu\u00e9 no basta<\/th>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td style=\"padding: 12px 16px; border-bottom: 1px solid #e8e6f0; vertical-align: top; color: #333;\">El documento no se ha alterado tras la firma<\/td>\n<td style=\"padding: 12px 16px; border-bottom: 1px solid #e8e6f0; vertical-align: top; color: #333;\">Verificaci\u00f3n criptogr\u00e1fica del hash y sello de tiempo<\/td>\n<td style=\"padding: 12px 16px; border-bottom: 1px solid #e8e6f0; vertical-align: top; color: #333;\">Nada m\u00e1s: lo resuelve la propia firma<\/td>\n<\/tr>\n<tr style=\"background-color: #f8f7fd;\">\n<td style=\"padding: 12px 16px; border-bottom: 1px solid #e8e6f0; vertical-align: top; color: #333;\">El certificado estaba vigente al firmar<\/td>\n<td style=\"padding: 12px 16px; border-bottom: 1px solid #e8e6f0; vertical-align: top; color: #333;\">Consulta de la lista de revocaci\u00f3n del prestador<\/td>\n<td style=\"padding: 12px 16px; border-bottom: 1px solid #e8e6f0; vertical-align: top; color: #333;\">La captura de pantalla de un validador sin fecha<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td style=\"padding: 12px 16px; border-bottom: 1px solid #e8e6f0; vertical-align: top; color: #333;\">Yo no accion\u00e9 el dispositivo<\/td>\n<td style=\"padding: 12px 16px; border-bottom: 1px solid #e8e6f0; vertical-align: top; color: #333;\">Ubicaci\u00f3n acreditada, registros de acceso, testigos, denuncia previa<\/td>\n<td style=\"padding: 12px 16px; border-bottom: 1px solid #e8e6f0; vertical-align: top; color: #333;\">Negar la firma en el escrito de contestaci\u00f3n<\/td>\n<\/tr>\n<tr style=\"background-color: #f8f7fd;\">\n<td style=\"padding: 12px 16px; border-bottom: 1px solid #e8e6f0; vertical-align: top; color: #333;\">El texto depositado no es el que recib\u00ed<\/td>\n<td style=\"padding: 12px 16px; border-bottom: 1px solid #e8e6f0; vertical-align: top; color: #333;\">Copia del documento certificada en la fecha de recepci\u00f3n<\/td>\n<td style=\"padding: 12px 16px; border-bottom: 1px solid #e8e6f0; vertical-align: top; color: #333;\">El archivo guardado en tu ordenador<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td style=\"padding: 12px 16px; border-bottom: 1px solid #e8e6f0; vertical-align: top; color: #333;\">El documento lleg\u00f3 por un canal y en una fecha<\/td>\n<td style=\"padding: 12px 16px; border-bottom: 1px solid #e8e6f0; vertical-align: top; color: #333;\">Certificaci\u00f3n forense del mensaje y su adjunto<\/td>\n<td style=\"padding: 12px 16px; border-bottom: 1px solid #e8e6f0; vertical-align: top; color: #333;\">El reenv\u00edo del correo meses despu\u00e9s<\/td>\n<\/tr>\n<tr style=\"background-color: #f8f7fd;\">\n<td style=\"padding: 12px 16px; border-bottom: 1px solid #e8e6f0; vertical-align: top; color: #333;\">El dispositivo estuvo en manos de un tercero<\/td>\n<td style=\"padding: 12px 16px; border-bottom: 1px solid #e8e6f0; vertical-align: top; color: #333;\">Contrato de delegaci\u00f3n, correos de instrucciones, peritaje inform\u00e1tico<\/td>\n<td style=\"padding: 12px 16px; border-bottom: 1px solid #e8e6f0; vertical-align: top; color: #333;\">La sospecha razonable sin soporte documental<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<h3>La presunci\u00f3n de atribuci\u00f3n y d\u00f3nde cae la carga de la prueba<\/h3>\n<p>Todo el sistema de firma electr\u00f3nica se apoya en una premisa: solo el titular puede usar sus datos de creaci\u00f3n de firma. De ah\u00ed nace la presunci\u00f3n pr\u00e1ctica de que quien firm\u00f3 fue el titular del certificado. El art\u00edculo 217 de la LEC reparte la carga de la prueba, y quien alega un hecho que rompe la apariencia normal de las cosas tiene que acreditarlo. En tu caso significa que eres t\u00fa quien debe demostrar que el dispositivo se us\u00f3 sin tu consentimiento. Una negaci\u00f3n gen\u00e9rica, por sincera que sea, no mueve nada. <a href=\"https:\/\/truescreen.io\/es\/articulos\/prueba-electronica-proceso-civil-lec-326-eidas\/\">La prueba electr\u00f3nica en el proceso civil<\/a> explica c\u00f3mo se combinan aqu\u00ed la LEC y eIDAS.<\/p>\n<h3>Qu\u00e9 pruebas la desplazan de verdad<\/h3>\n<p>Las que sit\u00faan a la persona, al dispositivo o al documento en un lugar y en un momento incompatibles con la firma. La imposibilidad material de haber firmado, acreditada con registros de viaje, de frontera o de presencia laboral, es la m\u00e1s contundente, y fue la que resolvi\u00f3 el caso italiano. Despu\u00e9s llegan los indicios t\u00e9cnicos: una prueba pericial inform\u00e1tica sobre el equipo desde el que se firm\u00f3, las direcciones IP de la presentaci\u00f3n telem\u00e1tica, los registros de la sede electr\u00f3nica. Y por \u00faltimo las copias fechadas de forma verificable que demuestren que el texto circulaba en otra versi\u00f3n. Con <a href=\"https:\/\/truescreen.io\/es\/articulos\/firma-electronica-avanzada-eidas-guia\/\">una firma electr\u00f3nica avanzada seg\u00fan eIDAS<\/a> el v\u00ednculo con el firmante es m\u00e1s estrecho, pero la pregunta sobre el control del dispositivo sigue abierta.<\/p>\n<h2>Las pruebas que hay que construir antes del conflicto<\/h2>\n<p>Ninguna de las pruebas que funcionan se puede fabricar cuando el pleito ya ha empezado. Se recogen antes, cuando el documento entra en tu esfera, y hacerlo entonces cuesta una fracci\u00f3n de lo que cuesta reconstruirlo despu\u00e9s.<\/p>\n<h3>La versi\u00f3n de referencia del documento recibido<\/h3>\n<p>Una versi\u00f3n de referencia es una copia del documento capturada en el instante en que lo produces o lo recibes, con su hash calculado, su sello de tiempo aplicado y su cadena de custodia registrada. Su valor no est\u00e1 en el contenido, que puedes tener guardado en cualquier carpeta, sino en la fecha oponible: demuestra que ese texto exacto exist\u00eda antes de la fecha que hoy se discute. Cuando seis meses despu\u00e9s alguien sostiene que el acuerdo dec\u00eda otra cosa, es lo \u00fanico que permite comparar. La <a href=\"https:\/\/truescreen.io\/es\/articulos\/cadena-custodia-digital-prueba-electronica\/\">cadena de custodia de la prueba electr\u00f3nica<\/a> sostiene esa trazabilidad hasta la aportaci\u00f3n en juicio.<\/p>\n<h3>La comunicaci\u00f3n que lo transmiti\u00f3<\/h3>\n<p>El documento importa, y el canal por el que lleg\u00f3 importa casi igual. Muchas suplantaciones se apoyan en que nadie conserva prueba del env\u00edo, y meses m\u00e1s tarde nadie puede determinar qui\u00e9n mand\u00f3 qu\u00e9 y a qui\u00e9n. El burofax con certificaci\u00f3n de contenido cumple esa funci\u00f3n en el papel. Su equivalente digital consiste en certificar el mensaje y su adjunto al recibirlos, con remitente, fecha y contenido \u00edntegro fijados a la vez. Las organizaciones utilizan TrueScreen para capturar de forma forense el documento y la comunicaci\u00f3n que lo transmiti\u00f3, para que exista una versi\u00f3n de referencia oponible e independiente del dispositivo de firma.<\/p>\n<h2>Qu\u00e9 se puede certificar cuando la firma no basta<\/h2>\n<p>TrueScreen es la Data Authenticity Platform que certifica en origen el contenido y el contexto de un documento cuando se produce o se recibe, y genera una versi\u00f3n fechada e \u00edntegra que sigue siendo v\u00e1lida cuando la autor\u00eda de la firma se discute. La captura sigue una metodolog\u00eda forense: se calcula el hash del archivo, se aplican sello de tiempo y sello electr\u00f3nico emitidos por prestadores cualificados de servicios de confianza integrados mediante API, y se conserva la cadena de custodia. TrueScreen no emite certificados, no act\u00faa como autoridad de certificaci\u00f3n y no verifica la identidad de quien firma. Su terreno es el del contenido y el contexto, que es el que la verificaci\u00f3n de la firma deja fuera.<\/p>\n<p>Una asesora recibe por correo el borrador de un acta de junta que nombra a un nuevo liquidador y certifica el mensaje y su adjunto nada m\u00e1s recibirlos. Seis meses despu\u00e9s, la persona nombrada niega haber firmado. La copia certificada por la asesora es el \u00fanico ejemplar con fecha oponible anterior al dep\u00f3sito.<\/p>\n<section class=\"faq faq-truescreen\" aria-labelledby=\"faq-title\">\n<h2 id=\"faq-title\">FAQ: suplantaci\u00f3n de identidad con certificado digital<\/h2>\n<div class=\"faq-list\">\n<details class=\"faq-item\">\n<summary class=\"faq-question\"><span class=\"faq-question-text\">\u00bfQu\u00e9 pasa si otra persona tiene mi certificado digital?<\/span><br \/>\n<span class=\"faq-icon\" aria-hidden=\"true\">+<\/span><\/summary>\n<div class=\"faq-answer\">Puede firmar en tu nombre cualquier documento y hacer cualquier tr\u00e1mite telem\u00e1tico que admita ese certificado, y todo superar\u00e1 la verificaci\u00f3n t\u00e9cnica. El anexo II del Reglamento eIDAS exige que los datos de creaci\u00f3n de firma est\u00e9n bajo control exclusivo del titular, as\u00ed que quien los cedi\u00f3 soporta la carga de demostrar que no firm\u00f3.<\/div>\n<\/details>\n<details class=\"faq-item\">\n<summary class=\"faq-question\"><span class=\"faq-question-text\">\u00bfQu\u00e9 puede hacer una persona con mi certificado digital?<\/span><br \/>\n<span class=\"faq-icon\" aria-hidden=\"true\">+<\/span><\/summary>\n<div class=\"faq-answer\">Presentar declaraciones tributarias, solicitar certificados y prestaciones, consultar tus datos fiscales y de la Seguridad Social, firmar contratos privados y otorgar documentos societarios como actas o nombramientos. Cuando esos documentos acceden a un registro p\u00fablico producen efectos frente a terceros aunque el titular no sepa nada, y la conducta puede constituir falsedad documental.<\/div>\n<\/details>\n<details class=\"faq-item\">\n<summary class=\"faq-question\"><span class=\"faq-question-text\">\u00bfC\u00f3mo saber si han utilizado mi firma electr\u00f3nica?<\/span><br \/>\n<span class=\"faq-icon\" aria-hidden=\"true\">+<\/span><\/summary>\n<div class=\"faq-answer\">No existe un registro hist\u00f3rico centralizado que muestre todos los tr\u00e1mites realizados con un certificado digital. Cada organismo conserva solo sus propias actuaciones, as\u00ed que hay que entrar por separado en las sedes electr\u00f3nicas de la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y los registros que te afecten. La alarma suele saltar antes por una notificaci\u00f3n que no reconoces.<\/div>\n<\/details>\n<details class=\"faq-item\">\n<summary class=\"faq-question\"><span class=\"faq-question-text\">\u00bfQu\u00e9 pasa si se falsifica una firma en un documento?<\/span><br \/>\n<span class=\"faq-icon\" aria-hidden=\"true\">+<\/span><\/summary>\n<div class=\"faq-answer\">Mientras nadie lo impugne, el documento despliega efectos. Una vez impugnado, el art\u00edculo 326 de la Ley de Enjuiciamiento Civil ordena comprobar su autenticidad conforme a la normativa de servicios electr\u00f3nicos de confianza. Esa comprobaci\u00f3n verifica el certificado y la integridad del archivo, no la identidad de quien accion\u00f3 el dispositivo.<\/div>\n<\/details>\n<details class=\"faq-item\">\n<summary class=\"faq-question\"><span class=\"faq-question-text\">\u00bfCu\u00e1ndo se considera falsedad documental?<\/span><br \/>\n<span class=\"faq-icon\" aria-hidden=\"true\">+<\/span><\/summary>\n<div class=\"faq-answer\">Cuando se altera un documento en alguno de sus elementos esenciales, se simula uno inexistente de modo que induzca a error sobre su autenticidad, o se hacen constar declaraciones distintas de las emitidas. Los art\u00edculos 390 y siguientes del C\u00f3digo Penal grad\u00faan la pena seg\u00fan el tipo de documento, con m\u00e1s severidad para los p\u00fablicos y mercantiles.<\/div>\n<\/details>\n<details class=\"faq-item\">\n<summary class=\"faq-question\"><span class=\"faq-question-text\">\u00bfC\u00f3mo se revoca un certificado digital ante un uso indebido?<\/span><br \/>\n<span class=\"faq-icon\" aria-hidden=\"true\">+<\/span><\/summary>\n<div class=\"faq-answer\">La revocaci\u00f3n se solicita al prestador que emiti\u00f3 el certificado, y casi todos admiten la petici\u00f3n por v\u00eda telem\u00e1tica, telef\u00f3nica o presencial. Desde ese instante el certificado figura en la lista de revocaci\u00f3n y cualquier verificaci\u00f3n posterior lo rechaza. Documenta la hora exacta de la solicitud: delimita el periodo en el que las firmas quedan bajo sospecha.<\/div>\n<\/details>\n<details class=\"faq-item\">\n<summary class=\"faq-question\"><span class=\"faq-question-text\">\u00bfCu\u00e1l es la diferencia entre suplantaci\u00f3n y usurpaci\u00f3n de identidad?<\/span><br \/>\n<span class=\"faq-icon\" aria-hidden=\"true\">+<\/span><\/summary>\n<div class=\"faq-answer\">En el lenguaje corriente funcionan como sin\u00f3nimos, pero en el C\u00f3digo Penal espa\u00f1ol la usurpaci\u00f3n del estado civil describe una conducta m\u00e1s amplia: sustituir a otro asumiendo su identidad de forma continuada. La suplantaci\u00f3n puntual, como firmar un documento con el certificado ajeno, se persigue por falsedad documental y estafa.<\/div>\n<\/details>\n<\/div>\n<\/section>\n<\/div>\n<\/div>\n<div class=\"tsa-cta\">\n<div class=\"tsa-inner\">\n<div class=\"tsa-cta-card\">\n<div class=\"tsa-cta-copy\">\n<h2>Certifica los documentos que importan, antes de que alguien los impugne<\/h2>\n<p>Con TrueScreen capturas y certificas documentos y comunicaciones con valor legal en el momento en que los recibes, con huella criptogr\u00e1fica, sello de tiempo y cadena de custodia.<\/p>\n<p><a class=\"tsa-btn tsa-btn-primary\" href=\"https:\/\/portal.truescreen.io\/signin\/\">Empieza ahora<\/a><br \/>\n<a class=\"tsa-btn tsa-btn-secondary\" href=\"https:\/\/truescreen.io\/es\/contacto\/\">Solicita una demo<\/a>\n<\/div>\n<div class=\"tsa-cta-media\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/truescreen.io\/wp-content\/uploads\/2024\/09\/Mobile-Header.png\" alt=\"TrueScreen\" loading=\"lazy\" width=\"300\" height=\"600\" \/><\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>","protected":false},"featured_media":58201,"template":"","class_list":["post-58199","articulos","type-articulos","status-publish","has-post-thumbnail","hentry"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/truescreen.io\/es\/wp-json\/wp\/v2\/articulos\/58199","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/truescreen.io\/es\/wp-json\/wp\/v2\/articulos"}],"about":[{"href":"https:\/\/truescreen.io\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/articulos"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/truescreen.io\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/58201"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/truescreen.io\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=58199"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}