{"id":58048,"date":"2026-08-19T18:51:08","date_gmt":"2026-08-19T16:51:08","guid":{"rendered":"https:\/\/truescreen.io\/articulos\/perito-informatico-cuando-necesitas\/"},"modified":"2026-08-19T18:51:08","modified_gmt":"2026-08-19T16:51:08","slug":"perito-informatico-cuando-necesitas","status":"publish","type":"articulos","link":"https:\/\/truescreen.io\/es\/articulos\/perito-informatico-cuando-necesitas\/","title":{"rendered":"Perito inform\u00e1tico: cu\u00e1ndo lo necesitas y qu\u00e9 puede acreditar"},"content":{"rendered":"<div class=\"tsa-hero\">\n<div class=\"tsa-inner\">\n<h1>Perito inform\u00e1tico: cu\u00e1ndo lo necesitas y qu\u00e9 puede acreditar<\/h1>\n<\/div>\n<\/div>\n<div class=\"tsa-body\">\n<div class=\"tsa-inner\">\n<p class=\"ts-content-date\" style=\"font-size:14px;color:#52525b;margin:0 0 20px;\">Publicado el 19 de agosto de 2026<\/p>\n<p>Un perito inform\u00e1tico es un profesional que analiza dispositivos, archivos y sistemas para responder, con criterio t\u00e9cnico y por escrito, a las preguntas que un procedimiento plantea sobre prueba digital: si un mensaje es aut\u00e9ntico, si un archivo fue modificado, de d\u00f3nde sali\u00f3 una imagen, qu\u00e9 ocurri\u00f3 realmente en un ordenador. Su dictamen se aporta al juzgado y el tribunal lo valora conforme a las reglas de la sana cr\u00edtica.<\/p>\n<p>La pregunta que casi nadie plantea antes de contratarlo es la que m\u00e1s ahorra: qu\u00e9 parte del trabajo podr\u00eda haberse evitado. Un peritaje sobre material que ya nadie puede vincular a su origen es caro, lento y de resultado incierto. El mismo material certificado en el momento de su captura no habr\u00eda necesitado peritaje en absoluto.<\/p>\n<p>Esta gu\u00eda explica qu\u00e9 hace realmente un perito inform\u00e1tico, qu\u00e9 puede y qu\u00e9 no puede acreditar, c\u00f3mo se le instruye para que su dictamen sirva de algo, y en qu\u00e9 situaciones conviene actuar antes en lugar de despu\u00e9s.<\/p>\n<h2>Qu\u00e9 hace un perito inform\u00e1tico<\/h2>\n<p>El perito inform\u00e1tico no decide qui\u00e9n tiene raz\u00f3n. Aporta al procedimiento un conocimiento t\u00e9cnico del que el tribunal carece, respondiendo a preguntas concretas dentro de los l\u00edmites de lo que la evidencia permite afirmar.<\/p>\n<h3>El marco de la prueba pericial en la LEC<\/h3>\n<p>Los <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2000-323\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">art\u00edculos 335 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil<\/a> regulan la prueba pericial. El art\u00edculo 335 fija su finalidad: aportar conocimientos cient\u00edficos, art\u00edsticos, t\u00e9cnicos o pr\u00e1cticos para valorar hechos relevantes. El art\u00edculo 340 exige que el perito posea el t\u00edtulo oficial correspondiente a la materia. El art\u00edculo 347 permite que comparezca en el juicio para explicar su dictamen y responder a las preguntas de las partes. Y el art\u00edculo 348 establece que el tribunal lo valorar\u00e1 conforme a las reglas de la sana cr\u00edtica, sin que exista valor tasado.<\/p>\n<h3>Perito de parte y perito designado judicialmente<\/h3>\n<p>El perito de parte lo contrata directamente quien va a aportar el dictamen, que se acompa\u00f1a con la demanda o la contestaci\u00f3n. El perito designado judicialmente se nombra a instancia de parte conforme al art\u00edculo 341, por sorteo de las listas remitidas por los colegios profesionales. No hay una jerarqu\u00eda formal entre ambos: el tribunal valora los dos con el mismo criterio. S\u00ed hay una diferencia de percepci\u00f3n, y por eso un dictamen de parte especialmente bien fundamentado en la metodolog\u00eda pesa m\u00e1s que uno que se limita a conclusiones.<\/p>\n<h3>Qu\u00e9 preguntas puede responder<\/h3>\n<p>Un perito inform\u00e1tico puede acreditar, entre otras cosas, si un archivo ha sido modificado despu\u00e9s de una fecha determinada, si los metadatos de una imagen son coherentes con la fecha declarada, si un correo procede realmente del servidor que dice, si un dispositivo contiene rastros de material borrado, o si un sitio web reproduc\u00eda un contenido concreto en un momento dado. La lista es amplia, pero tiene un l\u00edmite estructural que conviene entender.<\/p>\n<h2>Qu\u00e9 no puede acreditar un peritaje posterior<\/h2>\n<p>La limitaci\u00f3n no est\u00e1 en la competencia del profesional sino en la naturaleza del an\u00e1lisis a posteriori.<\/p>\n<h3>Lo que no dej\u00f3 rastro no se recupera<\/h3>\n<p>Un mensaje temporal de WhatsApp que se elimin\u00f3 autom\u00e1ticamente, un contenido borrado por su autor pasado el margen que la aplicaci\u00f3n concede, una publicaci\u00f3n retirada de una red social antes de que nadie la capturara: en muchos de estos casos no queda material sobre el que trabajar. El perito puede intentar la recuperaci\u00f3n en el dispositivo, con resultado incierto y coste elevado, y puede no encontrar nada. La ausencia de hallazgo no prueba que el contenido no existiera, pero tampoco prueba que existiera.<\/p>\n<h3>La conclusi\u00f3n es probabil\u00edstica<\/h3>\n<p>Cuando se trata de determinar si una imagen ha sido manipulada, el an\u00e1lisis forense busca indicios: incoherencias en la compresi\u00f3n, discontinuidades en el ruido, artefactos de edici\u00f3n. Encontrarlos apoya la conclusi\u00f3n; no encontrarlos no la descarta. La conclusi\u00f3n se expresa en t\u00e9rminos de compatibilidad y probabilidad, y esa formulaci\u00f3n, correcta desde el punto de vista t\u00e9cnico, es tambi\u00e9n la que la contraparte va a explotar.<\/p>\n<h3>El problema se agrava con la IA generativa<\/h3>\n<p>Las herramientas de generaci\u00f3n y retoque mejoran m\u00e1s deprisa que las de detecci\u00f3n. Un documento falsificado con IA generativa puede no presentar ninguno de los indicios que un an\u00e1lisis busca, sencillamente porque nunca hubo una edici\u00f3n sobre un original: el archivo naci\u00f3 ya falso. Aqu\u00ed el peritaje posterior parte en desventaja estructural, y esa desventaja se ensancha con cada nueva versi\u00f3n de los modelos.<\/p>\n<h2>C\u00f3mo instruir a un perito para que su dictamen sirva<\/h2>\n<p>Un dictamen in\u00fatil suele serlo por el encargo, no por el profesional.<\/p>\n<h3>Formular preguntas concretas y verificables<\/h3>\n<p>Pedir a un perito que analice un tel\u00e9fono es un encargo sin destino. Pedirle que determine si un archivo concreto fue modificado despu\u00e9s de una fecha, si los metadatos de tres im\u00e1genes son coherentes entre s\u00ed, o si existe rastro de una conversaci\u00f3n en un periodo determinado, produce respuestas que un tribunal puede usar. Cada pregunta debe poder contestarse con s\u00ed, no, o no es posible determinarlo.<\/p>\n<h3>Entregar el material sin haberlo tocado<\/h3>\n<p>El error m\u00e1s frecuente antes de un peritaje es manipular la evidencia con buena intenci\u00f3n: reenviarse los archivos por correo para tenerlos a mano, hacer capturas de pantalla de las conversaciones, copiar las fotos a otra carpeta. Cada una de esas operaciones altera metadatos y debilita la cadena de custodia. El material se entrega tal cual est\u00e1, y si hay que trabajar sobre \u00e9l se hace con copias, no con los originales.<\/p>\n<h3>Preservar la cadena de custodia desde el primer momento<\/h3>\n<p>Desde que se detecta que algo puede acabar en un procedimiento, conviene documentar qui\u00e9n ha tenido acceso al material, cu\u00e1ndo y con qu\u00e9 finalidad. Un dictamen t\u00e9cnicamente impecable sobre material cuya trazabilidad no puede reconstruirse deja abierta la v\u00eda de impugnaci\u00f3n m\u00e1s simple de todas.<\/p>\n<h2>Cu\u00e1ndo conviene certificar en lugar de peritar<\/h2>\n<p>Peritaje y certificaci\u00f3n no compiten: act\u00faan en momentos distintos y responden a preguntas distintas.<\/p>\n<h3>La diferencia de momento<\/h3>\n<p>La certificaci\u00f3n se aplica cuando el contenido nace o se detecta, y fija su autenticidad hacia adelante. El peritaje se aplica cuando ya hay conflicto, y trata de reconstruir hacia atr\u00e1s. Todo lo que se certifica en origen deja de necesitar reconstrucci\u00f3n, y con ello desaparece el terreno donde se libran la mayor\u00eda de las impugnaciones.<\/p>\n<h3>Escenarios donde la certificaci\u00f3n previa resuelve<\/h3>\n<p>Hay situaciones en las que se sabe de antemano que el material puede acabar discutido: una conversaci\u00f3n que se est\u00e1 deteriorando, un contenido difamatorio publicado en una red social, el estado de un inmueble antes de un arrendamiento, el avance de una obra, un da\u00f1o reci\u00e9n producido. En todas ellas se puede capturar y sellar en el momento, y lo que se obtiene no es un dictamen sino un hecho fijado: consta qu\u00e9 se captur\u00f3, cu\u00e1ndo, desde d\u00f3nde y que no ha cambiado desde entonces.<\/p>\n<h3>Escenarios donde el peritaje sigue siendo insustituible<\/h3>\n<p>Cuando el material ya existe y nadie lo certific\u00f3, cuando hay que recuperar contenido borrado, cuando la contraparte ha planteado una impugnaci\u00f3n t\u00e9cnica que exige respuesta t\u00e9cnica, o cuando hay que analizar un dispositivo del que se sospecha un uso indebido, el peritaje es la v\u00eda. Tambi\u00e9n lo es cuando el juzgado designa perito conforme al art\u00edculo 341 y no queda margen de elecci\u00f3n.<\/p>\n<p>TrueScreen, the Data Authenticity Platform, act\u00faa en el primer escenario: captura el contenido en origen, le aplica un hash SHA-256 y un sello de tiempo cualificado eIDAS emitido por un prestador cualificado, y genera un informe forense con la cadena de custodia documentada. No sustituye al perito cuando hace falta un dictamen; evita que haga falta en los casos en los que todav\u00eda se est\u00e1 a tiempo.<\/p>\n<section class=\"faq faq-truescreen\" aria-labelledby=\"faq-title\">\n<h2 id=\"faq-title\">Preguntas frecuentes sobre el perito inform\u00e1tico<\/h2>\n<div class=\"faq-list\">\n<details class=\"faq-item\">\n<summary class=\"faq-question\"><span class=\"faq-question-text\">\u00bfQu\u00e9 es un perito inform\u00e1tico y qu\u00e9 hace?<\/span><br \/>\n<span class=\"faq-icon\" aria-hidden=\"true\">+<\/span><\/summary>\n<div class=\"faq-answer\">Es un profesional que analiza dispositivos, archivos y sistemas para responder por escrito a preguntas t\u00e9cnicas que plantea un procedimiento: si un archivo fue modificado, si un correo procede del servidor que dice, si una imagen es coherente con la fecha declarada. Su dictamen se aporta al juzgado y el tribunal lo valora conforme a las reglas de la sana cr\u00edtica, seg\u00fan el art\u00edculo 348 LEC.<\/div>\n<\/details>\n<details class=\"faq-item\">\n<summary class=\"faq-question\"><span class=\"faq-question-text\">\u00bfQu\u00e9 diferencia hay entre perito de parte y perito judicial?<\/span><br \/>\n<span class=\"faq-icon\" aria-hidden=\"true\">+<\/span><\/summary>\n<div class=\"faq-answer\">El perito de parte lo contrata quien va a aportar el dictamen, que se acompa\u00f1a con la demanda o la contestaci\u00f3n. El perito judicial se designa a instancia de parte conforme al art\u00edculo 341 LEC, por sorteo de las listas de los colegios profesionales. No hay jerarqu\u00eda formal entre ambos: el tribunal los valora con el mismo criterio.<\/div>\n<\/details>\n<details class=\"faq-item\">\n<summary class=\"faq-question\"><span class=\"faq-question-text\">\u00bfPuede un perito recuperar mensajes borrados?<\/span><br \/>\n<span class=\"faq-icon\" aria-hidden=\"true\">+<\/span><\/summary>\n<div class=\"faq-answer\">A veces s\u00ed y con frecuencia no. Depende del dispositivo, del tiempo transcurrido y de si el espacio ha sido sobrescrito. Los mensajes temporales eliminados autom\u00e1ticamente suelen no dejar material utilizable. La ausencia de hallazgo no prueba que el contenido no existiera, pero tampoco prueba que existiera, y ese empate no favorece a quien tiene la carga de probar.<\/div>\n<\/details>\n<details class=\"faq-item\">\n<summary class=\"faq-question\"><span class=\"faq-question-text\">\u00bfC\u00f3mo se le debe encargar el trabajo a un perito?<\/span><br \/>\n<span class=\"faq-icon\" aria-hidden=\"true\">+<\/span><\/summary>\n<div class=\"faq-answer\">Con preguntas concretas que puedan contestarse con s\u00ed, no, o no es posible determinarlo. Pedir que analice un tel\u00e9fono es un encargo sin destino; pedir que determine si un archivo fue modificado despu\u00e9s de una fecha concreta produce una respuesta que un tribunal puede usar. Adem\u00e1s, el material se entrega sin haberlo tocado: reenvi\u00e1rselo por correo o hacer capturas de pantalla altera metadatos y debilita la cadena de custodia.<\/div>\n<\/details>\n<details class=\"faq-item\">\n<summary class=\"faq-question\"><span class=\"faq-question-text\">\u00bfEs mejor certificar antes o peritar despu\u00e9s?<\/span><br \/>\n<span class=\"faq-icon\" aria-hidden=\"true\">+<\/span><\/summary>\n<div class=\"faq-answer\">Cuando todav\u00eda se est\u00e1 a tiempo, certificar. La certificaci\u00f3n fija la autenticidad hacia adelante en el momento de la captura; el peritaje intenta reconstruirla hacia atr\u00e1s cuando ya hay conflicto. Todo lo que se certifica en origen deja de necesitar reconstrucci\u00f3n. El peritaje sigue siendo insustituible cuando el material ya existe sin certificar, cuando hay que recuperar contenido borrado o cuando el juzgado designa perito.<\/div>\n<\/details>\n<details class=\"faq-item\">\n<summary class=\"faq-question\"><span class=\"faq-question-text\">\u00bfPor qu\u00e9 la IA generativa complica el peritaje de documentos?<\/span><br \/>\n<span class=\"faq-icon\" aria-hidden=\"true\">+<\/span><\/summary>\n<div class=\"faq-answer\">Porque el an\u00e1lisis busca indicios de edici\u00f3n sobre un original, y en un documento generado con IA no hubo edici\u00f3n: el archivo naci\u00f3 ya falso. Puede no presentar ninguno de los rastros que un peritaje rastrea. Esa desventaja es estructural y se ensancha con cada nueva versi\u00f3n de los modelos generativos.<\/div>\n<\/details>\n<\/div>\n<\/section>\n<\/div>\n<\/div>\n<div class=\"tsa-cta\">\n<div class=\"tsa-inner\">\n<div class=\"tsa-cta-card\">\n<div class=\"tsa-cta-copy\">\n<h2>Certifica ahora lo que despu\u00e9s habr\u00eda que peritar<\/h2>\n<p>TrueScreen captura el contenido en origen con hash SHA-256, sello de tiempo cualificado eIDAS e informe forense, para que la autenticidad no dependa de una reconstrucci\u00f3n posterior.<\/p>\n<p><a class=\"tsa-btn tsa-btn-primary\" href=\"https:\/\/portal.truescreen.io\/signin\/\">Pru\u00e9balo gratis<\/a><br \/>\n<a class=\"tsa-btn tsa-btn-secondary\" href=\"https:\/\/truescreen.io\/es\/contacto\/\">Habla con nosotros<\/a>\n<\/div>\n<div class=\"tsa-cta-media\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/truescreen.io\/wp-content\/uploads\/2024\/09\/Mobile-Header.png\" alt=\"TrueScreen\" loading=\"lazy\" width=\"300\" height=\"600\" \/><\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>","protected":false},"featured_media":57250,"template":"","class_list":["post-58048","articulos","type-articulos","status-publish","has-post-thumbnail","hentry"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/truescreen.io\/es\/wp-json\/wp\/v2\/articulos\/58048","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/truescreen.io\/es\/wp-json\/wp\/v2\/articulos"}],"about":[{"href":"https:\/\/truescreen.io\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/articulos"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/truescreen.io\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/57250"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/truescreen.io\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=58048"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}